El Grupo PSOE en el Ayuntamiento de Calatayud presenta sus Propuestas para las Ordenanzas Fiscales a aplicar en el ejercicio 2024.

CALATAYUD, 6/10/2023.- El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Calatayud ha registrado su Propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales que han de tener aplicación en el ejercicio fiscal 2024.

En el documento elaborado por el PSOE, para su debate en la próxima Comisión Informativa de Hacienda del consistorio bilbilitano, se contienen, según la Portavoz socialista Sandra Marín, “las diversas propuestas de modificación de las ordenanzas destinadas a mejorar la calidad de vida de bilbilitanos y bilbilitanas, así como implementar medidas de apoyo al sector económico y empresarial de la Ciudad”.

Entre las propuestas realizadas por el PSOE se destacan las siguientes:

Ordenanza no 2. IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica).

 REDUCCION de este impuesto para: 
     • Reducción de la cuota tributaria a turismos entre un 5% y un 15% respecto a las tarifas actuales,
     • Para vehículos eléctricos, biomodales y vehículos que utilicen como combustible biogas, gas natural, etc. Y que acrediten que no usan carburante contaminante.
     En el apartado de bonificaciones (artículo 6, epígrafe 2), proponemos aumentar la bonificación del 50% de los 3 períodos impositivos actuales a 5 períodos impositivos.


• Ordenanza no 3. IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).

Se propone :
     - REDUCCIÓN de este impuesto del 10% sobre los valores actuales para TODOS los contribuyentes que no estén incluidos en el apartado de bonificaciones.
     - BONIFICACIONES: Art.5 añadir punto e) AÑADIR :
          6. Añadir una bonificación de hasta un 95% de la cuota íntegra del impuesto a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que fomenten empleo.
          7. Si en el inmueble se han instalado sistemas de autosuficiencia energética que sean de ayuda par afrontar el cambio climático, una bonificación del 20% durante 5 periodos impositivos.
          8. Añadir una bonificación del 50% a familias con un miembro a cargo con una discapacidad igual o superior al 33%.
          9. Añadir una bonificación del 50% a unidades familiares con un miembro en situación de dependencia.

TASAS

-Ordenanza no 9: Basuras.
Se propone una reducción de la cuota del 10% a los consumidores domésticos.
Reducción de la cuota del 20% para los establecimientos comerciales sin transformación de productos
              
REDUCCIONES
Art.11 cuota tributaria
a).-Los Barrios Pedáneos y Campiel Las tarifas correspondientes a viviendas para los Barrios pedáneos de Huérmeda, Embíd ,Torres y Campiel será un 10% inferior que las existentes para las calles de esta Ciudad de categoría 3a.

En cuanto a establecimientos industriales, comerciales tendrán las correspondientes tarifas reducidas en un 50 % :
     2. ALOJAMIENTOS
          b) Hostales, Hospederías y Moteles
          c) Casas de huéspedes
          d) Residencias de ancianos
               e) Camping
     7.- ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTACIÓN O MIXTOS (alimentación y otros) 
     8.- HOSTELERÍA
     9.- ESTABLECIMIENTOS DE ESPECTÁCULOS
     10. ALMACENES DE PRODUCTOS PERECEDEROS Y NO PERECEDEROS
     11. FABRICACIÓN DE PRODUCTOS
     12. OTROS LOCALES INDUSTRIALES O COMERCIALES 13..-TALLERES DE REPARACIÓN
     14. GASOLINERAS
     15. LAVADEROS
     17. VERTIDO MATADEROS


Ordenanza núm.21 : Reguladora de la Tasa por realización de actividades de venta ambulante y no sedentaria del Municipio de Calatayud.

MODIFICAR ART 5o RELATIVO A LAS TARIFAS DE LOS PUESTOS
 
TITULAR DE PUESTO DE VENTA EN EL MERCADO AMBULANTE DE LOS MARTES
     Dimensiones                                         Euros/mes
     Hasta 12 m/2.......................................60,35 € 40€ 
     De 12 a 18 m/2.....................................92,65 € 60€
     De 18 a 34 m/2................................... 120,70 € 80€


Ordenanza núm. 22 : Ordenanza reguladora de la tasa por Utilización Privativa de Uso Público con Mesas y Sillas

AÑADIR :
CUOTA TRIBUTARIA
Artículo 5.-
1.- La cuota tributaria será la cantidad resultante de la aplicación de la tarifa básica en función del tipo de elemento solicitado y por el número de elementos solicitados.
Añadir una tarifa especial para barrios urbanos y rurales
TARIFA BÁSICA veladores 50 €/velador y año.
TARIFA BÁSICA velador plataforma 65€/velador y año.
TARIFA BÁSICA mesas altas 25€/unidad y año.
TARIFA BÁSICA ELEMENTOS climatización 15 €/unidad y año


Ordenanza núm. 32 : Reguladora de la tasa por utilización privativa de las Instalaciones del Recinto Ferial.

1.- TARIFAS DEL RECINTO FERIAL
     A) TARIFAS FERIAS MUNICIPALES
         1) Suelo Interior
            Pabellón A Stand......................................... 3,88 € 
            Stand (esquina)...........................................5,81 € 
            Pabellón B Stand..........................................3,88 €
            Stand (esquina) ..........................................5,81€
            1,94€ m2/día o fracción 2,91 € m2/día o fracción
 
PRECIOS PÚBLICOS.

Ordenanza núm. 14 Residencia Municipal.

- Proponemos la reducción de la cuantía de la tasa en un 20%.
- Proponemos la bonificación del 20% para matrimonios o personas convivientes de la misma unidad familiar que obtengan la condición de residentes.


Ordenanza 32 BIS-. Reguladora del precio público por la Utilización de Edificios Municipales

AÑADIR :
ARTICULO 4o añadir punto 4.11 PLAZA DE TOROS COSO MARGARITA con la regulación del precio público que sea pertinente.

PROPUESTA DE ADICIÓN
1. Elaborar una Ordenanza Reguladora del precio público por prestación del Servicio de Ferias. La actual Ordenanza fiscal núm.32 reguladora de la Tasa por utilización privativa de las instalaciones del recinto ferial se puede desdoblar al tener suficiente entidad propia y poder diferenciar la problemática para gozar de una regulación diferenciada.

2. Elaborar una Ordenanza no fiscal reguladora del precio público por prestación del servicio de cursos y actividades deportivas de barrios , junto con un Reglamento regulador del mismo. Es necesario dotar las cantidades que se cobran de la cobertura exigida en la normativa.

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
Para evitar posibles aspectos no conformes a derecho proponemos la revisión progresiva de ordenanzas municipales para evitar diferenciaciones de trato que no son conformes al principio de igualdad consagrado en los artículos 1, 9 y 14 de la Constitución española e inclusión de exenciones y bonificaciones no amparadas en norma con rango de ley .
Estas ordenanzas son : 
     - Fiscal núm .3
     - Fiscal núm.9
     - Fiscal núm.10
     - Núm.15 reguladora de la tasa de por la prestación de servicios 
     - No fiscal núm.24
     - No fiscal núm 41,42 y 45 reguladora del precio publico

PROPUESTA DE SUSTITUCIÓN.
1. Aplicar el lenguaje inclusivo en la redacción del texto de TODAS las Ordenanzas.
2. Sustituir la palabra “discapacitado“ por “persona con discapacidad" en TODO el texto de las Ordenanzas Fiscales.  

Con su propuesta, el Grupo Municipal Socialista pretende mejorar la adecuación del importe que los bilbilitanos pagan por diversos impuestos, tasas y precios públicos, y que desde el PSOE se considera que no están debidamente ajustados a la realidad social y económica de Calatayud.

También se proponen diversas medidas para “rebajar la presión fiscal para fomentar el empleo y el asentamiento de población haciendo de ello un atractivo para residir en Calatayud” y “para ayudar a afrontar el cambio climático, con bonificaciones en el Impuesto de Vehículos así como en el IBI.